Normas para que cualquier persona pueda usar un sitio, con foco en 2003–2007 y en los sitios de gobierno.
Bueno, y para terminar esta columna, un tercer problema de Flash, tiene que ver con la Accesibilidad.
Sin embargo, si consideramos que todas ellas atienden al mismo público, nos damos cuenta que las necesidades de accesibilidad están repartidas por toda la sociedad y no debería ser que una persona que haga un trámite de manera simple en un web público, luego se vea impedido de hacer otro…
Comencemos explicando, primero, que la accesibilidad de los sitios de Internet significa permitir el acceso de cualquier usuario a un sitio web sin importar la discapacidad que tenga, incluyendo dentro de éstas las visuales, de audio, físicas, del habla, cognitivas y neurológicas, por nombrar…
Y además, he comenzado a valorar las páginas que cumplen las normas de accesibilidad y, entre otras cosas, permiten aumentar el tamaño de letra: es un recurso de veras valioso.
Los sitios web deben ser desarrollados de manera tal que garanticen la disponibilidad y la accesibilidad de la información, así como el debido resguardo a los derechos de los titulares de datos personales, y asegurando la interoperabilidad de los contenidos, funciones y prestaciones ofrecidas…
Para los que no estuvieron, definí Encontrabilidad como la capacidad de los contenidos digitales de ser encontrados, especialmente a través de los buscadores; Accesibilidad como la capacidad de poder atender a personas con discapacidades mediante sitios que tienen código de acuerdo a los…
- Revisión de Accesibilidad: Consiste en revisar los estándares utilizados en el sitio web, para determinar sus capacidades para ser utilizados por personas con discapacidades y hacer sugerencias de mejoras.
Esto significa saber de hardware, software, diseño de interacción, accesibilidad, diseño gráfico y visual, etc.
Accesibilidad: Consiste en el acceso a la información sin limitación alguna por razón de deficiencia, discapacidad, o minusvalía.
Y aquí llegamos al concepto de la accesibilidad, que se entiende bajo la ley chilena como “la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos o instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables…